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VIOLENCIA DE GÉNERO:

LA VIOLENCIA FAMILIAR EJERCIDA CONTRA  LA MUJER

Por Lic. en Derecho Brenda Angélica Ramos García

 

     Introducción.

 

     Erradicar la violencia contra las mujeres es pura y llanamente una exigencia ética y legal que complementa el ámbito penal. Refiriéndonos al tema, hablamos de reivindicar la ética, la libertad de conciencia, la capacidad de autocontrol y la autoestima. Así mismo, procuramos conceptuar la sociedad como un medio de desarrollo físico, emocional, social, cultural y político, donde el género femenino y el género masculino, sin discriminación por cuestiones de edad, clase social, idioma o lengua, nacionalidad y status social, siendo libres e iguales logren resolver sus conflictos mediante el diálogo y el consenso, y no mediante el uso de la violencia.

 

     Sin embargo, la violencia familiar ejercida contra la mujer por parte de su cónyuge, novio o pareja, no es una cuestión privada, sino una problemática social y un problema de salud pública que pese a que vivimos en una época contemporánea en que la mujer tiene más participación en el ámbito público, libertad sexual y reproductiva, goza de una independencia económica y tiene más acceso a las esferas productivas, conceptuándose a la mujer moderna con el  prototipo de “libre e independiente”, la violencia no ha logrado erradicarse y combatirse desde las raíces. A pesar de los esfuerzos de los movimientos feministas y la propia modernización del Estado, que han sido reflejados en mecanismos legales de defensa jurídica, asistencia médica y psicológica a la víctima, instauración de dependencias gubernamentales y demás aparatos de justicia de defensa de la mujer; ella sigue siendo víctima de violencia física, psicológica y sexual ejercida por su cónyuge o pareja, en el recinto más íntimo: su hogar.

 

 

  

¿QUÉ ENTENDEMOS POR VIOLENCIA EJERCIDA CONTRA LA MUJER?


Es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, en la vida pública o en la vida privada.

Hay muchos tipos de violencia contra la mujer (violencia de género), sin embargo, la violencia familiar es la más común.  Cabe aclarar, que la violencia familiar también puede ser ejercida contra otros miembros de la familia (hija, esposo, hijo, nieta, abuelo etc). Sin embargo, cuando la violencia familiar es ejercida contra la mujer,  ésta tiene una peculiaridad; la “violencia que se ejerce contra la mujer es por el hecho de serlo” y es ejercida por su pareja, cónyuge, novio o con quien ella tiene relaciones análogas de afectividad.

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LA VIOLENCIA FAMILIAR EJERCIDA CONTRA LA MUJER.

 

La violencia familiar se ejerce a través de la violencia física, psicológica, sexual y patrimonial. (Art. 154 Bis del Código Penal del Edo. de Veracruz)

 

Violencia física: Es aquella que puede ser percibida objetivamente por otros debido a que habitualmente deja huellas externas. Abarca cualquier acto no accidental, causado con la fuerza de las manos, con algún objeto o arma, como empujones, bofetadas, palizas, cortes, fracturas, mordiscos, patadas, puñetazos, quemaduras y hasta el asesinato. Es un tipo de violencia más visible y facilita la toma de conciencia de la víctima y es la más reconocida social y jurídicamente.


 Violencia psicológica o psíquica: La violencia psicológica aparece inevitablemente como consecuencia de la violencia física, sexual u otro tipo de violencia, aunque en algunas ocasiones es ejercida de manera directa. Trae aparejado el sufrimiento de la víctima y el agresor utiliza las coacciones, amenazas, humillaciones en público, manipulaciones, exigencias de obediencia, convencer a  la mujer de que ella es la culpable de cualquier problema y la destrucción de bienes, para lograr sus fines e incrementar el control y la dominación contra la víctima.


Violencia patrimonial o económica: Disponer del dinero o bienes de la víctima sin su consentimiento, negarle lo necesario para el sustento de ella y sus hijos en el hogar. 

 

Violencia sexual: Obligarla a tener relaciones sexuales aunque haya un vínculo matrimonial.

 

¿QUÉ DEBEN HACE UNA MUJER VÍCTIMA DE VIOLENCIA FAMILIAR?

 

1. Acudir a la Fiscalía del Ministerio Público a presentar la denuncia.

2. La víctima recibirá atención médica y psicológica.

3. A la víctima se le realizará una valoración psicológica, un reconocimiento de lesiones y un examen victimológico.

4. El Ministerio Público en su carácter de representación social, aportará la defensa y pruebas necesarias para apoyar a la víctima.

5. Se librara una orden de aprehensión contra el agresor, una vez, demostrada la violencia familiar ejercida contra la mujer.

6. La autoridad competente tomará las medidas precautorias necesarias y las medidas reeducativas de la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.

7. Es importante que las mujeres lean el contenido de la ley gral. de acceso a una vida libre de violencia para que conozcan sus derechos y tengan una herramienta de defensa.

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